miércoles, 10 de noviembre de 2010

UN EXAMEN DE HUMANIDAD A LA LLAMADA LA LEY DEL ABORTO

UN EXAMEN DE HUMANIDAD A LA LLAMADA LA LEY DEL ABORTO
Conferencia a la Universidad de Curas en la Casa Sacerdotal de Sevilla
19 de octubre de 2010

La Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción del Embarazo, aprobada por el gobierno español pretende, por una parte, reconocer el aborto como derecho y, por otra, reducir su número por la generalización de la anticoncepción y la “información sexual” desde la escuela. Ante la amenaza al derecho a la vida, así como la agresión del estado intervencionista contra la familia, que supone la formación sexual y la desautorización a los padres ante las adolescentes que decidan
abortar, creo interesente someter la ley a lo que podemos llamar un examen de humanidad o de coherencia racional. Y para ello nada mejor que determinar, en primer lugar, su grado de justicia y respeto a la dignidad de los seres humanos. En segundo lugar, su grado de coherencia, determinando así el índice de verdad en la que está cimentada la misma. Posteriormente, abordaremos el grado de moralidad, donde estudiaremos cómo justifica éticamente el problema moral que plantea el derecho al aborto. A continuación abordaremos la opción educativa que asume la ley, analizando qué visión de la realidad propone la misma. Por último, veremos el grado de
respeto democrático, para ello, examinaremos el tema de la objeción de conciencia para ver así el nivel de tolerancia y respeto a todos los ciudadanos que contiene la ley. Una vez realizado el estudio concluiremos, a luz del mismo, cual y porqué debe ser la posición de los cristianos ante la misma.

I.- Grado de justicia
En la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción del Embarazo, cuando nos acercamos a analizar cómo es la regulación del derecho al aborto, descubrimos un crecimiento progresivo en inmoralidad, injusticia e inhumanidad. Y para iluminar esta afirmación nada mejor que acercarse a la ley y analizar los supuestos casos de “derecho” al aborto que ampararía la misma.
En ella es posible determinar tres etapas en la justificación de la muerte del inocente.
1.- Etapa anticientífica e inmoral
Artículo 14. Interrupción del embarazo a petición de la mujer.
Podrá interrumpirse el embarazo dentro de las primeras catorce semanas de gestación a
petición de la embarazada, siempre que concurran los requisitos siguientes:
a) Que se haya informado a la mujer embarazada sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad, en los términos que se establecen en los apartados 2 y 4 del artículo 17 de esta Ley.
b) Que haya transcurrido un plazo de al menos tres días, desde la información mencionada en el párrafo anterior y la realización de la intervención.
Como podemos observar en la llamada ley del aborto se puede abortar libremente dentro de las 14 primeras semanas de embarazo. Aceptar esto conlleva negar toda dignidad y todo derecho al ser humano hasta los tres meses y medio de gestación. Dicha negación se fundamenta en negar que el embrión sea un ser humano autónomo e independiente de la madre, así como que la vida humana comience en el momento de la fecundación. Esta postura es cada día menos sostenible desde el punto de vista científico. La ciencia no puede decir hoy que la vida humana no comienza con la
fecundación y, aún menos, puede negar la existencia de un ser humano en el tercer mes de gestación. Ante esta evidencia científica se quiere justificar el asesinato del inocente en nombre de la filosofía y, más concretamente de la metafísica, negándole al embrión y al feto el estatus de persona. Pero esto, desde el punto de vista filosófico, es también insostenible, pues implicaría aceptar un salto cualitativo en el ser humano a partir del tercer mes y medio, algo totalmente
insostenible. Todo ser humano desde el principio de su vida es un alguien que se hace visible empíricamente en un cuerpo que va cambiando con la edad. Ante esta evidencia fenomenológica, para justificar el aborto no hay más remedio que manipular la metafísica, calificando al feto menor de tres meses y medio sólo como ser vivo, negándole así el estatus personal e incluso, para algunos, el de ser humano. Lógicamente un atentado científico y metafísico de esa magnitud ni qué decir
tiene que es inmoral.
1 Defiende esta afirmación científica la llamada Declaración de Madrid del 19 de Marzo de 2009 en el que numerosas personalidades de las ciencias naturales y médicas y afirma: "Existe sobrada evidencia científica de que la vida empieza en el momento de la fecundación”. Cf. http:// derechoavivir.org.
También la Academia Nacional de Medicina, un órgano colegiado independiente con una larga trayectoria de acreditación científica y ética ha publicado un documento en el que habla con claridad del estatuto del embrión humano desde la medicina y la ciencia. La declaración de la Academia Nacional de Medicina está en línea con las de otras entidades médico-científicas y con los manuales de embriología básicos que estudian los especialistas en todo el mundo. Así, por ejemplo, el 17 de abril de 2008 la FESGO (Federación Ecuatoriana de Sociedades de Ginecología) afirmaba en una declaración solemne que “La Ciencia enseña que la vida comienza en la concepción”.
Cf. http://www.comiteprovida.org/comnunicados/declaracion-fesgo.htm.

2.- Etapa de desigualdad e injusticia
Artículo 15. Interrupción por causas médicas.
Excepcionalmente, podrá interrumpirse el embarazo por causas médicas cuando concurra
alguna de las circunstancias siguientes:
a) Que no se superen las veintidós semanas de gestación y siempre que exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada y así conste en un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por un médico o médica especialista distinto del que la practique o dirija. En caso de urgencia por riesgo vital para la gestante podrá prescindirse del dictamen.
b) Que no se superen las veintidós semanas de gestación y siempre que exista riesgo de graves anomalías en el feto y así conste en un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por dos médicos especialistas distintos del que la practique o dirija.
c) Cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida y así conste en un
dictamen emitido con anterioridad por un médico o médica especialista, distinto del que practique la intervención, o cuando se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico.
La ley contempla que, para aquellos niños con alguna malformación, se puede abortar hasta las veintidós semanas (5 meses y medio), que es cuando se alcanza la viabilidad, es decir, que puede sobrevivir fuera del seno materno. Esta medida legislativa nos introduce en el reconocimiento de la desigualdad y en la apertura de la puerta de la injusticia. Me explico: suponiendo que no se le concede la dignidad a los seres humanos hasta los tres meses y medio nos preguntamos ¿por qué si hay discapacidad la dignidad no se adquiere hasta los cinco meses y medio? La única respuesta racional y lógica es afirmar que todos los fetos discapacitados son “seres subhumanos”, más indignos que los aparentemente normales. Por tanto, con esta medida se crea, en nombre del progreso, un nuevo estatus humano, una nueva clase social sin derecho alguno. A partir de ahora no todos los seres humanos son iguales en dignidad y en derechos, minando el principio básico de la justicia, esto es: la igualdad de todos los seres humanos.
3.- Etapa de inhumanidad manifiesta
Artículo 16. Comité clínico.
1. El comité clínico al que se refiere el artículo anterior estará formado por un equipo pluridisciplinar integrado por dos médicos especialistas en ginecología y obstetricia o expertos en diagnóstico prenatal y un pediatra. La mujer podrá elegir uno de estos especialistas.
2. Confirmado el diagnóstico por el comité, la mujer decidirá sobre la intervención.
3. En cada Comunidad Autónoma habrá, al menos, un comité clínico en un centro de la red sanitaria pública. Los miembros, titulares y suplentes, designados por las autoridades sanitarias competentes, lo serán por un plazo no inferior a un año. La designación deberá hacerse pública en los diarios oficiales de las respectivas Comunidades Autónomas.
4. Las especificidades del funcionamiento del Comité clínico se determinarán
reglamentariamente. La ley contempla que cuando en el feto se detecten malformaciones severas se puede abortar después de las 22 semanas, siempre y cuando una comisión clínica certifique que son malformaciones intratables o incurables. Este punto de la ley, si por un lado suscita en nosotros una cierta sospecha de parecido con el llamado programa T4 diseñado por la cúpula Nazi con justificaciones eugenésicas, por otro nos obliga a una reflexión sobre la moralidad del mismo. Para
ello me permitiré exponer algunos principios que pueden ayudarnos a discernir:
a.- Desde el punto de vista médico no se puede olvidar que la misión del médico es curar y cuando no se pueda aliviar o consolar, pero nunca sentenciar.
b.- La conciencia humana nos grita que nunca es lícito acabar con la vida de un ser humano inocente y débil.
c.- La lógica racional nos certifica que a la comisión clínica se le otorga el poder de determinar o mejor de autorizar la muerte de un ser humano. Ser humano que nadie duda de su existencia, ni siquiera la misma ley, pues tiene más de cinco meses y medio.
d.- Desde el punto de vista moral el único fin que tiene la comisión es justificar el asesinato de un inocente.
En definitiva, pienso que dichas comisiones clínicas, más que abrir una puerta de humanidad lo que pretende es justificar la eugenesia y callar la conciencia humana, que grita en el interior de todo hombre y se rebela ante el atentado que se quiere cometer contra la razón humana, aplicando, en nombre del progreso, la eugenesia despiadada.
Por último, me gustaría aportar alguna luz desde el punto de vista teológico. Admitir el derecho al aborto nos sitúa ante la sentencia a muerte de un inocente. El poder y lo políticamente correcto han determinado, en nombre del materialismo más radical, la eliminación de los seres humanos en la primera etapa de su vida. Y, para ello, hay que encontrar todos los apoyos posibles y eliminar cualquier obstáculo para llevarlo a cabo. Ante ello caben varias posturas: lavarse las manos, mirar para otra parte o justificar la muerte. Frente a todas ellas aparece María a los pies de la cruz, denunciando, desde su amor de madre, la injusticia y la barbarie de ajusticiar a un inocente. Y los católicos tenemos que ser como San Juan, agarrados a María, cercanos al inocente que sufre y evitando por todos los medios posibles favorecer la entrada por esos caminos de injusticia e inhumanidad que supone el mal llamado derecho al aborto.

II.- Grado de incoherencia
Artículo 13. Requisitos comunes.
Son requisitos necesarios de la interrupción voluntaria del embarazo:
Primero.–Que se practique por un médico especialista o bajo su dirección.
Segundo.–Que se lleve a cabo en centro sanitario público o privado acreditado.
Tercero.–Que se realice con el consentimiento expreso y por escrito de la mujer
embarazada o, en su caso, del representante legal, de conformidad con lo establecido en la Ley 41/2002, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Podrá prescindirse del consentimiento expreso en el supuesto previsto en el artículo 9.2.b) de la referida Ley.
Cuarto.–En el caso de las mujeres de 16 y 17 años, el consentimiento para la interrupción voluntaria del embarazo les corresponde exclusivamente a ellas de acuerdo con el régimen general aplicable a las mujeres mayores de edad.
Al menos uno de los representantes legales, padre o madre, personas con patria potestad o tutores de las mujeres comprendidas en esas edades deberá ser informado de la decisión de la mujer.
Se prescindirá de esta información cuando la menor alegue fundadamente que esto le
provocará un conflicto grave, manifestado en el peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos, o se produzca una situación de desarraigo o desamparo.
Aunque son muchas las incoherencia de la ley, como hemos podido ver al analizar su grado de humanidad, me gustaría aquí resaltar la incoherencia manifiesta que implica permitir a una menor de edad abortar. Lógicamente es una menor que ha recibido la educación sexual políticamente correcta, que ha sido estimulada a vivir una sexualidad hedonista e irresponsable y que se quiere continuar engañando con el aborto. Se intenta por todos los medios invitar a las jóvenes a entrar en la realidad virtual de que el aborto borra su ser madre hasta el extremo de que
sus padres no se enteraran de nada. Dicha realidad virtual pone sobre la mesa la cuestión de si el aborto realmente borra el ser madre o sólo proporciona un modo de existir como madre. Ante esto, ni qué decir tiene que el ser maternal no viene eliminado con la eliminación del feto. Al mismo tiempo, habría que preguntar si las secuelas del aborto también se van a vivir por detrás de los padres y cómo se hará.
Por otra parte, no se entiende cómo se le otorga esa responsabilidad de abortar a una menor y se le niega todos los otros derechos, como por ejemplo, el derecho al voto. Es decir, la ley trae consigo, sin explicación ni justificación, la erosión grave de algunos conceptos jurídicos esenciales, como es el de “mayoría de edad” legal.
III.- Grado de moralidad
Preámbulo II.
El primer deber del legislador es adaptar el Derecho a los valores de la sociedad cuyas relaciones ha de regular, procurando siempre que la innovación normativa genere certeza y seguridad en las personas a quienes se destina, pues la libertad sólo encuentra refugio en el suelo firme de la claridad y precisión de la Ley. Ese es el espíritu que inspira la nueva regulación de la interrupción voluntaria del embarazo En una sociedad libre, pluralista y abierta, corresponde al legislador, dentro del marco de opciones que la Constitución deja abierto, desarrollar los derechos fundamentales de acuerdo con los valores dominantes y las necesidades de cada momento histórico. La experiencia acumulada en la aplicación del marco legal vigente, el avance del reconocimiento social y jurídico de la autonomía de las mujeres tanto en el ámbito público como en su vida privada, así como la tendencia normativa imperante en los países de nuestro entorno, abogan por una regulación de la
interrupción voluntaria del embarazo presidida por la claridad en donde queden adecuadamente garantizadas tanto la autonomía de las mujeres, como la eficaz protección de la vida prenatal como bien jurídico.
La ponderación que el legislador realiza ha tenido en cuenta la doctrina de la STC 53/1985 y atiende a los cambios cualitativos de la vida en formación que tienen lugar durante el embarazo, estableciendo, de este modo, una concordancia práctica de los derechos y bienes concurrentes a través de un modelo de tutela gradual a lo largo de la gestación.
La presente Ley reconoce el derecho a la maternidad libremente decidida, que implica,
entre otras cosas, que las mujeres puedan tomar la decisión inicial sobre su embarazo y que esa decisión, consciente y responsable, sea respetada. El legislador ha considerado razonable, de acuerdo con las indicaciones de las personas expertas y el análisis del derecho comparado, dejar un plazo de 14 semanas en el que se garantiza a las mujeres la posibilidad de tomar una decisión libre e informada sobre la interrupción del embarazo, sin interferencia de terceros, lo que la STC 53/1985 denomina «autodeterminación consciente», dado que la intervención determinante de un
tercero en la formación de la voluntad de la mujer gestante, no ofrece una mayor garantía para el feto y, a la vez, limita innecesariamente la personalidad de la mujer, valor amparado en el artículo 10.1 de la Constitución.
En el desarrollo de la gestación, «tiene –como ha afirmado la STC 53/1985– una especial trascendencia el momento a partir del cual el nasciturus es ya susceptible de vida independiente de la madre». El umbral de la viabilidad fetal se sitúa, en consenso general avalado por la comunidad científica y basado en estudios de las unidades de neonatología, en torno a la vigésimo segunda semana de gestación. Es hasta este momento cuando la Ley permite la interrupción del embarazo siempre que concurra alguna de estas dos indicaciones: «que exista grave riesgo para la vida o la
salud de la embarazada», o «que exista riesgo de graves anomalías en el feto».
Más allá de la vigésimo segunda semana, la ley configura dos supuestos excepcionales de interrupción del embarazo. El primero se refiere a aquellos casos en que «se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida», en que decae la premisa que hace de la vida prenatal un bien jurídico protegido en tanto que proyección del artículo 15 de la Constitución (STC 212/1996). El segundo supuesto se circunscribe a los casos en que «se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico». Su comprobación se ha deferido al juicio experto de profesionales médicos conformado de
acuerdo con la evidencia científica del momento.
Podemos afirmar que detrás de la ley está la ideología materialista que intenta por todos los medios eliminar todo aliento trascendente, reduciendo al hombre a pura materia movida por el placer y, en nombre del relativismo, sustituir el control de la conciencia humana o justicia por la conciencia subjetiva y el legalismo, imponiendo la moral del consenso social. De hecho, la ley está cimentada en la creencia de que no es posible conocer una verdad objetiva, ni reconocer valores
absolutos, ni establecer principios éticos que sean universales. Negada toda verdad absoluta o la posibilidad de conocerla, sólo existe la verdad de cada uno, de modo que, desde esta visión, a la vez subjetiva y escéptica, todo debe reducirse al mero convencionalismo. Los valores, las normas y el ser de la sociedad no pertenecen a la naturaleza de las cosas, sino que son sólo producto de un acuerdo humano, una pura convención formal. Esta abolición de cualquier idea, convicción o creencia objetiva y absoluta, se convierte en realidad en una verdadera dictadura para la cual
verdades y normas de orden natural apoyadas en sólidos fundamentos filosóficos o antropológicos son sustituidas por otras, en este caso derivadas del devenir histórico o de intereses pasajeros y subjetivos. Ni qué decir tiene que hay una subordinación total y absoluta de la moral al derecho. De hecho, la modernidad se ufana de que todo se hace según ley. En la sociedad actual, si alguien tiene
razón desde el punto de vista legal nadie puede exigirle un nivel más elevado de moralidad. Una famosa afirmación de la postmodernidad es que “está permitido lo que no está prohibido por la ley” lo que implica un rechazo a valorar moralmente una acción.
Desde esa visión es lógico imponer por ley el derecho al aborto que, como bien demuestra el avance científico, es un insulto a la razón y a la inteligencia, así como un atentado a la justicia y al respeto a la dignidad de todos los seres humanos, ya que, a la postre, a los débiles o discapacitados les reconocen menos derechos que a los demás.
Es esta la gran tentación y la gran mentira que atrapa a los jóvenes y los introduce en el redil del subjetivismo moral y del individualismo, creando la sociedad de los derechos y olvidándose de las obligaciones humanas, los deberes humanos, originando una libertad destructiva e irresponsable que conduce al abismo de la decadencia humana.

IV.- La opción educativa
Medidas en el ámbito educativo
Artículo 9. Incorporación de la formación en salud sexual y reproductiva al sistema
educativo.
El sistema educativo contemplará la formación en salud sexual y reproductiva, como parte del desarrollo integral de la personalidad y de la formación en valores, incluyendo un enfoque integral que contribuya a:
a) La promoción de una visión de la sexualidad en términos de igualdad y
corresponsabilidad entre hombres y mujeres con especial atención a la prevención de la violencia de género, agresiones y abusos sexuales.
b) El reconocimiento y aceptación de la diversidad sexual.
c) El desarrollo armónico de la sexualidad acorde con las características de las personas jóvenes.
d) La prevención de enfermedades e infecciones de transmisión sexual y especialmente la prevención del VIH.
e) La prevención de embarazos no deseados, en el marco de una sexualidad responsable.
f) En la incorporación de la formación en salud y salud sexual y reproductiva al sistema educativo, se tendrán en cuenta la realidad y las necesidades de los grupos o sectores sociales más vulnerables, como el de las personas con discapacidad proporcionando, en todo caso, a este alumnado información y materiales accesibles, adecuados a su edad.
Artículo 10. Actividades formativas.
Los poderes públicos apoyarán a la comunidad educativa en la realización de actividades formativas relacionadas con la educación afectivo sexual, la prevención de infecciones de transmisión sexual y embarazos no deseados, facilitando información adecuada a los padres y las madres.
A la luz de la ley, podemos decir que a partir de ahora la formación en salud sexual y reproductiva, obligatoria para todos, consiste en afirmar y en formar en el derecho al aborto y en una sexualidad irresponsable, donde se deja la puerta abierta a la ideología de género. Según esta ley, la formación no consistirá en el conocimiento de la verdad y la realidad, sino en un simple adiestramiento en una ideología específica, que tiene a su vez una más que dudosa visión de la
sexualidad.
Ante la posibilidad que abre la ley de imponer una determinada visión de la sexualidad, creo interesante dar algunas pinceladas sobre la mencionada ideología de género, que no es más que un vehículo para seguir imponiendo el materialismo más absoluto.
Dentro de las diversas definiciones que se pueden aplicar a la ideología de género cabría la siguiente: “el género es una construcción cultural totalmente independiente del sexo; por tanto, la sexualidad no es constitutiva del hombre sino que el ser humano es el resultado de su propia voluntad, el de su propia elección.”
En definitiva, la ideología de género disocia lo que biológica y constitutivamente se es, la realidad, por lo que libremente se decide ser, por lo que se construye cultural y socialmente, por lo que ontológicamente no se es y, además, está sujeto a cambio. Por ello, no se habla de sexo sino de género, evitando con ello hablar de hombre y mujer, sustituyéndolo por “masculino, femenino y neutro”. En este sentido la utilización del lenguaje no es neutral, ahora es posible, como recoge la ley, hablar de algo tan ambiguo como “diversidad sexual”. La ideología de género no admite la sexualidad como constitutiva del hombre ya que defiende que el ser humano es el resultado de su propia voluntad, de su elección y de su construcción cultural y social. El género es algo construido por la cultura no por la naturaleza.
Después de lo dicho es claro que el feminismo de género parte de dos supuestos abstractos e irreales: el primero consiste en la idea que el hombre no tiene una naturaleza o que ésta sea irrelevante; el segundo, en la idea de que la relación entre hombre y mujer sea expresión de un conflicto por el poder. Ambos supuestos llevan a la confusión entre identidad sexual y preferencias sexuales.
De hecho, a diferencia de lo que afirma la ideología de género, la identidad sexual está siempre determinada por una naturaleza humana que se exprime mediante un sexo biológicogenético y somático, psicológico y sociológico. El sexo psicológico es la conciencia que cada uno tiene de su pertenencia a un determinado sexo. El sexo sociológico es aquel que es asignado a la persona en el momento del alumbramiento: éste exprime la percepción que el mundo tiene de ella y, por consiguiente, guarda relación con la función y los roles que la sociedad le reconoce. A tal propósito hay que decir que, si por una parte los roles sociales no deben ser considerados como
vinculantes de manera irreversible a la biología, por otra parte la cultura no debe ser óbice a la naturaleza. Romper con la naturaleza, actuar por encima de los límites y de las oportunidades escritas en ella, destruye al hombre. La situación normal, esto es, la situación conforme a la norma constituida por la naturaleza, consiste en el desarrollo armonioso de la identidad sexual genética y somática en la dimensión psicológica y social de la persona, de manera tal que la identidad sexual y
la orientación (esto es, las preferencias sexuales) no estén en conflicto entre ellas, sino que ambas expriman la tendencia del hombre hacia la mujer y viceversa, tendencia que hace a ambos conscientes de ser llamados a la comunión interpersonal. Hombre y mujer tienen necesidad el uno del otro para desarrollar la propia humanidad, es en la relación recíproca que ambos se vuelven conscientes de que la plenitud puede ser alcanzada sólo entregándose desinteresadamente al otro.
En esta perspectiva el sexo no se presenta como privilegio o como discriminación, sino como oportunidad de realizar la propia humanidad.
V.- La objeción de conciencia
Los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo tendrán el derecho de ejercer la objeción de conciencia sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabadas por el ejercicio de la objeción de conciencia. El rechazo o la negativa a realizar la intervención de interrupción del embarazo por razones de conciencia es una decisión siempre individual del personal sanitario directamente implicado en la realización de la interrupción voluntaria del embarazo, que debe manifestarse anticipadamente y por escrito. En todo caso los profesionales sanitarios dispensarán tratamiento y
atención médica adecuados a las mujeres que lo precisen antes y después de haberse sometido a una intervención de interrupción del embarazo.
Si excepcionalmente el servicio público de salud no pudiera facilitar en tiempo la
prestación, las autoridades sanitarias reconocerán a la mujer embarazada el derecho a acudir a cualquier centro acreditado en el territorio nacional, con el compromiso escrito de asumir directamente el abono de la prestación.
La ley, si por un lado recoge la objeción de conciencia, por otro suscita grandes dudas. ¿Qué quiere decir “directamente implicados”? Hay muchos profesionales, desde el ginecólogo al médico de atención primaria o la enfermera que atiende por primera vez a la mujer, que se ven involucrados de una forma u otra en un aborto.
Según el Secretario General de Sanidad, D. José Martinez Olmos, la objeción de conciencia compete a los "Ginecólogos, enfermeros o anestesistas que realicen directamente la intervención".
Pero ésta es sólo su interpretación pues continúa afirmando que el Gobierno no prevé por ahora regular de manera específica la objeción.
Frente a la inhibición de regular la objeción de conciencia por parte del gobierno español, la ley del aborto se encuentra con el mandato de la Asamblea del Consejo de Europa que ha emitido una resolución en la que insta a los países miembros a regular la objeción de conciencia de los sanitarios. El texto afirma la necesidad de desarrollar una normativa integral que garantice ese derecho a los profesionales sanitarios ante cualquier prestación: del aborto a la eutanasia o cualquier acto que pudiera causar la muerte de un feto o embrión humano, por cualquier motivo.
Por último, sobre la objeción de conciencia son claras las enseñanzas de Juan Pablo II, que reclama este derecho afirmando: "El aborto y la eutanasia son crímenes que ninguna ley humana puede pretender legitimar. Leyes de este tipo no sólo no crean ninguna obligación de conciencia, sino que, por el contrario, establecen una grave y precisa obligación de oponerse a ellas mediante la objeción de conciencia. Desde los orígenes de la Iglesia, la predicación apostólica inculcó a los cristianos el deber de obedecer a las autoridades públicas legítimamente constituidas (cf. Rom 13,1-
2 La regulación de la objeción de conciencia tiene diferentes posturas. Aquellos que abogan por una legislación de la objeción, tal es el caso del presidente de la Organización Médica Colegial, Juan José Rodríguez Sendín, que insiste en la necesidad de una regulación de la objeción.
Por otra parte, el senador irlandés del grupo popular europeo Rónán Mullen, uno de los responsables de que el controvertido informe McCafferty fuera modificado, sostiene que no puede ni debe regularse la objeción. "No se puede reglamentar la libertad de conciencia de un médico, sus convicciones sobre la vida". Otros se niegan al derecho a la objeción temiendo que ésta se pueda convertir en un bloqueo para que la mujer aborte, afirmando que existe un problema para garantizar el equilibrio entre el derecho de la mujer a la atención médica y el de la objeción. Sobre las diferentes opiniones sobre la regulación de la objeción de conciencia hay una buena síntesis en el artículo de la sección sociedad del País. Cf.
MARÍA R. SAHUQUILLO, La objeción como boicot, El País 8 de Octubre de 2010.
3 Cf. ABC 8 de Octubre de 2010 7; 1 Ped 2,13-14), pero al mismo tiempo enseñó firmemente que «hay que obedecer a Dios antes que a los hombres» (Hech 5,29)" (EV 73). Y el Papa añade: "Quien recurre a la objeción de conciencia debe estar a salvo no sólo de sanciones penales sino también de cualquier daño en el plano legal, disciplinar, económico y profesional" (EV 74). Sobre el tema vuelve en esta misma
Encíclica en estos términos: "El respeto absoluto de toda vida humana inocente exige también ejercer la objeción de conciencia ante el aborto procurado y la eutanasia" (EV 89).
VI.- uestro actuar como cristianos ante la ley

Analizada la llamada ley del aborto y expuestas sus incoherencias y sus irracionalidades, expondremos las dos razones de peso que nos obligan como cristianos y como Iglesia a no permanecer ajenos a la misma: el amor al hombre y la defensa de la justicia.
I.1.- El amor al hombre
En la Encíclica Caritas in Veritate se afirma, que “uno de los aspectos más destacados del desarrollo actual es la importancia del tema del respeto a la vida, que en modo alguno puede separarse de las cuestiones relacionadas con el desarrollo de los pueblos. Es un aspecto que últimamente está asumiendo cada vez mayor relieve, obligándonos a ampliar los conceptos de pobreza y subdesarrollo a los problemas vinculados con la acogida de la vida, sobre todo donde ésta se ve impedida de diversas formas”.
Esta amenaza a la dignidad y a la vida del hombre, como afirmaba Juan Pablo II, repercute en el corazón mismo de la Iglesia, pues el Evangelio de la vida está en el centro del mensaje de Jesús5. Es decir, es parte de la misión de la Iglesia defender al hombre de todo lo que podría deshacerlo o denigrarlo: “La Iglesia no puede callarse si quiere ser fiel a Cristo pues dado que el Hijo de Dios se ha hecho hombre, ya no hay hombre que no sea su hermano en cuanto a la Humanidad y que no esté llamado a ser cristiano, para recibir de Él la salvación”. Por tanto, “toda
amenaza a la dignidad y a la vida del hombre, afecta al núcleo de su fe en la encarnación redentora del Hijo de Dios y la compromete en su misión de anunciar el Evangelio de la vida por todo el mundo y a cada criatura”.
I.2.- El amor a la justicia
Santo Tomás de Aquino tenía clara la separación entre ley moral y ley humana: “La ley
humana rige una sociedad en la que existen muchos miembros carentes de virtud y no ha sido instituida solamente para los virtuosos. Por eso, la ley humana no puede prohibir todo lo que es contrario a la virtud, sino que basta con que prohíba lo que destruye la convivencia social, teniendo Benedicto XVI, Carta Encíclica Caritas in Veritate (2009) n. 28. Cf. Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium Vitae (1995) n. 1.
Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración sobre el aborto procurado (1974) n.1.Evangelium Vitae, n. 3. las demás cosas como lícitas, no porque las apruebe, sino porque no las castiga”8. Al mismo tiempo, también afirmaba que “la legislación humana sólo posee carácter de ley cuando se conforma a la justa razón; lo cual significa que su obligatoriedad procede de la ley eterna. En la medida en que ella se apartase de la razón, sería preciso declararla injusta, pues no verificaría la noción de ley; sería más bien una forma de violencia”9.
A la luz de estas afirmaciones está claro que la sociedad, y en ella el Estado, debe perseguir el bien común y, por tanto, la convivencia social debe establecerse sobre principios de justicia10.
Una justicia que no se contenta con dar a cada uno lo suyo, sino que tiende a crear entre los ciudadanos condiciones de igualdad en las oportunidades y, por tanto, a favorecer a aquellos que por su condición social, cultura o salud corren el riesgo de quedar relegados o de ocupar siempre los últimos puestos en la sociedad, sin posibilidad de una recuperación personal”11. Por lo tanto, el cristiano, cuando defiende los principios éticos fundamentales relativos al respeto a la vida y a la
reproducción humana, no hace ni debe hacer otra cosa que defender la justicia y, especialmente, con los más desfavorecidos, con los que no tienen medios para defenderse.
VII.- Conclusión

En realidad, lo que está en juego en nuestra sociedad con la llamada ley del aborto no son los supuestos derechos de la Iglesia, sino los derechos fundamentales de la persona. Aunque a algunos les moleste y quieran hacer callar a la Iglesia para tapar la injusticia con el señuelo de la pluralidad y la tolerancia, no podrán conseguirlo. Gracias a Dios, la gran mayoría de los católicos españoles seguimos queriendo servir al hombre y a Dios antes que al César. Y ese servicio a Dios lo
hacemos ayudando y rezando a tantas madres y jóvenes engañadas por esta ley y, al mismo tiempo, usando las armas democráticas, esto es:
- Haciendo uso de la libertad de expresión. La Iglesia no tiene una misión política, pero sí tiene una responsabilidad política: dar testimonio de las verdades morales, sin las que el bien común no podría sobrevivir. Dichas verdades son básicas y la Iglesia no las impone, pero tampoco las calla porque son evidentes a la razón humana, brotan de lo más esencial de la persona y garantizan el principio de igualdad y justicia.
- Haciendo uso de nuestro voto democrático. Los cristianos tienen el deber y el derecho de ser activos en política, censarse, votar y hablar, privada y públicamente, de los temas que afectan el bien común. Los católicos cuando votan no aparcan su condición de tales y cuando argumentan sus 8 Santo Tomás de Aquino, Summa Theologica, II-II, q.77, a.1 ad 1. “La ley humana no puede prohibir todo lo que prohíbe la ley natural”, I-II, q.96, a.3, ad 3. 9 Ibíd., I-II, q.93, a.3, ad 2.
10 El Catecismo establece tres condiciones del bien común que debe perseguir la sociedad: primera, “respetar los derechos fundamentales e inalienables de la persona humana” (n. 1907), es decir, no transgredir la justicia; segunda, “el bienestar social y el desarrollo del grupo mismo. El desarrollo es el resumen de todos los deberes sociales” (n. 1908). Por último, la tercera condición es la paz, “es decir, la estabilidad y la seguridad de un orden justo” (n. 1909). Cf. Catecismo de la Iglesia Católica (1992).
11 Juan Pablo II, Discurso a los participantes en el Jubileo de los políticos, 4-XI-2000, n. 2.reivindicaciones políticas y sociales en democracia, lo hacen desde una razón pública que es acorde con la naturaleza de lo humano.
En definitiva, ante la llamada ley del aborto objetamos que es fomentando el amor a los más débiles como únicamente puede resplandecer la justicia. Es el amor el que nos impulsa a respetar el derecho de los niños a crecer en el seno de su madre y en un entorno familiar que les asegure y les permita el desarrollo de su personalidad física, psíquica, intelectual y moral. Igualmente nos alienta a defender el derecho a la vida de todo ser humano desde el momento de la concepción hasta su muerte natural.


+ José Mazuelos Pérez
Obispo Asidonia-Jerez

Labor de la Iglesia 2010



Visita de Su Santidad Benedicto XVI a España

Llegada al Aeropuerto



Visita a la Catedral de Santiago de Compostela



Homilía en la Plaza del Obradoiro





Homilía en la Sagrada Familia de Barcelona



Visita a la Obra Benéfico-social "Niño Dios"



Palabras en la ceremonia de despedida

REQUISITOS PARA CELEBRAR EL BAUTISMO II

Vamos en esta segunda entrega a ver los requisitos que precisa el sacramento del Bautismo.
En primer lugar decir que el agua del Bautismo debe ser agua natural y limpia, para manifestar la verdad del signo y hasta por razones de higiene. Según las necesidades locales, existe la opción de calentar el agua.
La fuente bautismal o el recipiente en que se prepara el agua cuando, en algunos casos, se celebra el sacramento en el presbiterio debe distinguirse por su limpieza y estética.
A no ser en caso de necesidad, el sacerdote o diácono no deben bautizar sino con agua bendecida expresamente para tal fin, o sea, que hay que bendecir el agua en ese momento y no utilizar agua ya bendecida. Se exceptúa al agua bendecida en la Vigilia Pascual, que debe conservarse en lo posible durante todo el Tiempo pascual y emplearse en los bautismos que se celebren en ese tiempo. Sirve este gesto para afirmar con más claridad la conexión de este sacramento con el Misterio Pascual. Pero, fuera del tiempo pascual, se bendice el agua en cada una de las celebraciones.
Si el bautisterio está construido de manera que sea una fuente de agua viva, se bendecirá la corriente de agua.
Tanto el rito de la inmersión –que es más apto para significar la Muerte y Resurrección de Cristo– como la de la infusión (el más común y consistente en echar agua en la cabeza del niño) pueden utilizarse con todo derecho. Ambos son igualmente legítimos.
Las palabras con las cuales se confiere el Bautismo en la Iglesia latina son: «Yo te bautizo en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo». No pueden usarse otras.
Una vez concluido el tiempo de Pascua, el cirio pascual se colocará dignamente en el bautisterio y durante la celebración del Bautismo deberá estar encendido, para que se puedan encender en él los cirios de los bautizados. Todos los niños nacidos recientemente serán bautizados, a ser posible, en común en el mismo día. Así pues se desaconsejan los bautismos individuales. De igual modo, salvo causa justa, no puede celebrarse el Bautismo dos veces el mismo día y en la misma iglesia.
Debe disponerse dentro de la iglesia un lugar adecuado para la celebración de la Liturgia de la Palabra, bien en el bautisterio, bien en otro lugar del templo.
De igual manera, el bautisterio –es decir, el lugar donde brota la fuente bautismal o, simplemente, donde está colocada la pila– debe estar reservado al sacramento del Bautismo y ser verdaderamente digno, de manera que aparezca con claridad que allí los cristianos renacen a la vida y al Espíritu Santo.
Los párrocos deben anotar sin excusa ni demora en el libro dedicado al efecto los nombres de los bautizados, día del bautizo, ministro que lo bautizó y nombres de padres y padrinos.
En definitiva, la celebración del sacramento siempre debe tener un sentido pascual.

lunes, 11 de octubre de 2010

EL BAUTISMO I

En una serie de artículos vamos a abordar los diferentes aspectos del sacramento del Bautismo.
El Catecismo de la Iglesia Católica en su número 1213 define así al Bautismo: "Es el fundamento de toda la vida cristiana, el pórtico de la vida en el Espíritu y la puerta de acceso a los otros Sacramentos. Por el Bautismo somos liberados del pecado y regenerados como hijos de Dios, llegamos a ser miembros de Cristo y hechos partícipes de su misión”.
El Bautismo es uno de los tres sacramentos que se conocen por el nombre de iniciación cristiana (Eucaristía y Confirmación son los otros dos).
El Bautismo de niños es práctica antigua dentro de la Iglesia, que se realiza por el bien y salvación del niño, para no privarle de sus beneficios. El argumento en contra del Bautismo de los niños (que no pueden decidir por sí mismos) se rebate facilmente: los padres le procuran un bien, al igual que le vacunan aunque al niño no le guste el pinchazo.
Antes de proceder al Bautismo hay que tener en cuenta la salud de la madre, para que esté presente y pueda participar, además de que haya un espacio de tiempo suficiente para que los padres reciban la debida catequesis sobre el importante sacramento que ellos, en nombre de su hijo, van a pedir a la Iglesia.
Las normas litúrgicas actuales recomiendan el Bautismo de los niños “dentro de las primeras semanas” de su nacimiento. Si hay peligro de muerte se procederá al Bautismo “sin demora”.
Los padre deben poner en conocimiento del párroco el nacimiento para que éste prevenga con la suficiente antelación todo lo referente al sacramento.
El lugar idóneo para la celebración es la parroquia, que deberá tener fuente bautismal como signo de que el Bautismo es sacramento de fe de la Iglesia y de incorporación al pueblo de Dios. Con permiso del obispo, también puede haber fuente bautismal en otro templo dentro de la jurisdicción parroquial. No debe celebrarse el Bautismo en casas particulares ni hospitales salvp causa grave.
Los ministros del sacramento son los obispos, presbíteros y diáconos. No habiendo ministro ordenado, y en caso inminente de muerte, cualquier fiel puede conferirlo, incluso si no es bautizado, con tal que tenga esa intención.
Se recomienda que el Bautismo tenga lugar en domingo –o su víspera– y durante la Vigilia pascual. El obispo debe bautizar especialmente en la Vigilia pascual y tiene encomendado el Bautismo de los adultos.
Los efectos que produce el Bautismo son: perdona el pecado original, y cualquier otro pecado. Además se nos dan las tres divinas personas junto con la gracia santificante. Imprime en el alma el carácter sacramental que nos hace cristianos para siempre y fundamentalmente nos incorpora a la Iglesia.

martes, 21 de septiembre de 2010

CARTEL PATRONA 2010


La foto del cartel es una fotografía obra de César Díaz de Jerez de la Frontera.

Cultos Patronales 2010

Pincha en la imagen para verla ampliada.





























miércoles, 15 de septiembre de 2010

MANOS UNIDAS PREMIO PRINCIPE DE ASTURIAS DE LA CONCORDIA 2010

Manos Unidas ha sido galardonada hoy, 15 de septiembre, con el Premio Príncipe de Asturias de la Concordia 2010, según ha hecho público esta mañana la Fundación Príncipe de Asturias.

El Jurado de estos premios, reunido en Oviedo, ha decidido conceder el premio a Manos Unidas que “a lo largo de su medio siglo de existencia, viene prestando su apoyo generoso y entregado a la lucha contra la pobreza y en favor de la educación para el desarrollo en más de sesenta países y, además, por su contribución, en los últimos años, en proyectos específicos cuya meta es combatir el hambre y reducir la mortalidad materna en el mundo”.

En Manos Unidas recibimos este galardón con gran emoción y agradecimiento, pero también con humildad y con un renovado espíritu de trabajo y colaboración con los que no gozan de los mismos privilegios que nosotros y sufren las injusticias de este mundo. Entendemos, también, el premio como un homenaje a las muchísimas personas que han hecho posible la ayuda a los más pobres a través de Manos Unidas; un homenaje a todos aquellos que han dado a lo largo de estos años su tiempo y capacidades al servicio de los demás.

Además, el reconocimiento del Jurado de los Premios Príncipe de Asturias premio es para nosotros una enorme responsabilidad que nos obliga a trabajar muy duro, porque no queremos ni podemos defraudar a todos los que nos han dado su apoyo y reconocimiento tanto en España (y gracias al esfuerzo de nuestras 71 delegaciones) como en países en los que trabajamos o hemos trabajado a lo largo de estos 50 años.

Hoy se ha hecho realidad lo que muchos de estos mensajes de adhesión nos deseaban: “Que este premio sea para vosotros un honor y un estímulo”. Y así ha sido.

Desde lo más profundo, agradecemos a todos los que con su apoyo durante estos cincuenta años han hecho posible este Premio.

Manos Unidas es la Asociación de la Iglesia de España para la ayuda, promoción y desarrollo en los países más desfavorecidos. Es a su vez una Organización no Gubernamental para el Desarrollo (ONGD), de voluntarios, católica, seglar, sin ánimo de lucro y de carácter benéfico que, desde 1960, lucha contra el hambre, la deficiente nutrición, la miseria, la enfermedad, el subdesarrollo y las causas que lo producen.

El Premio Príncipe de Asturias de la Concordia se concede a la persona, institución, grupo de personas o de instituciones cuya labor haya contribuido de forma ejemplar y relevante al entendimiento y a la convivencia en paz entre los hombres, a la lucha contra la injusticia, la pobreza, la enfermedad, la ignorancia o a la defensa de la libertad, o que haya abierto nuevos horizontes al conocimiento o se haya destacado, también de manera extraordinaria, en la conservación y protección del patrimonio de la Humanidad.

domingo, 12 de septiembre de 2010

Vídeo de la beatificación de Fray Leopoldo el 12 de Septiembre de 2010

Beato Fray Leopoldo de Alpandeire, el limosnero del amor


Este domingo 12 de septiembre de 2010, a las 10 horas, en olor de multitudes, será beatificado fray Leopoldo de Alpandeire, popular fraile capuchino andaluz, fallecido en 1956, a los 92 años. Será en la base de Armilla, que estará abierta desde el día 11 a las 18 horas con el fin de facilitar la entrada de la gente y así evitar atascos e incomodidades el acceso de los asistentes.


El arzobispo Angel Amato, prefecto de la Congregación por las Causas de los Santos de la Santa Sede, en representación del Papa, presidirá la celebración, acompañado del arzobispo de Granada, Francisco Javier Martínez Fernández, y de Mauro Jöhri, ministro general de la Orden Capuchina, así como por una treintena de obispos y varios centenares de sacerdotes y religiosos. En la Eucaristía, la popular cantante Rosa López, muy devota de fray Leopoldo, interpretará una canción.


En olor de multitudes


Para la previsión de asistencia de 300.000 personas en la beatificación de fray Leopoldo, hay previstas plazas de estacionamiento para 16.000 vehículos como cantidad máxima y para 3.200 autobuses.


Se ha previsto, para quienes asistan y deseen colaborar, un pack que incluye asiento, seguridad y un recuerdo, a un precio bastante modesto y cuya recaudación será destinada a sufragar en parte los gastos que se ocasionen. La organización tiene como prioridad la seguridad y la comodidad de los asistentes, que mayoritariamente serán personas mayores; lo que conlleva la generación de gastos inevitables como altavoces, pantallas, sillas y demás. Nos gustaría que todos los devotos ese día nos uniéramos para, con un modesto donativo, paliar parte de los gastos que se van a generar. La cifra estimada para el pack que se ofrece será de 20 euros. No obstante habrá una zona habilitada para seguir el desarrollo de la ceremonia para quienes no adquirieran el pack, aunque sin la comodidad antes reseñada.


Además, se facilitaran acreditaciones a todos los grupos organizados: pensionistas, minusválidos, familias con varios miembros, hermandades y cofradías, grupos parroquiales, asociaciones de vecinos... Su donativo será de diez euros por persona.


Semblanza biográfica del nuevo beato


Fray Leopoldo, cuyo nombre de pila era Francisco Tomas Sánchez Márquez nació en Alpandeire, en el corazón de la serranía rondeña, en 1864. Fue campesino hasta los 35 años. Durante ese tiempo pasó sus días en aquel pequeño pueblecito, cerca de Ronda. Su vida estaba regulada por las faenas del campo, de sol a sol, pero no olvidaba su misa y sus rezos diarios; todo ello iba unido en perfecta armonía a los problemas de las modestísimas condiciones económicas de la familia y ligado a las labores del campo.


Con 35 años llegó desde su pueblo natal, Alpandeire, a la metrópoli sevillana y se hizo capuchino siguiendo las huellas de San Francisco. Desde entonces se llamó Fray Leopoldo.


Desde el momento en que fue acogido en el convento de los Capuchinos de Sevilla comenzó una nueva vida. Aquel joven y vigoroso labrador seguiría trabajando en el campo, en la huerta conventual, pero ya todo sería diferente.


Tras breves periodos de estancia en los conventos de Antequera y de Sevilla, pasaría 50 años como limosnero en el convento de Granada, hasta que murió el 9 de febrero de 1956.


Fray Leopoldo vivió la pobreza más absoluta. Se le veía día tras día, con la alforja al hombro, recorrer las calles de Granada, callejear rincones y plazas, siempre con una gran sonrisa impresa en el rostro; la mirada sonriente que penetraba en lo más profundo de los corazones, la mano tendida, no sólo para sí y sus hermanos, sino para aquellos que tenían aún menos que él y a los cuales acompañaba, alegre, elevando sus corazones y distribuyendo alegría y caridad conjuntamente.


El 18 de diciembre de 2007 el Papa Benedicto XVI, en audiencia concedida al cardenal José Saraiva Martins, Prefecto de la Congregación de las Causas de los Santos, autorizó la publicación del Decreto sobre la Heroicidad de las Virtudes de Fray Leopoldo, pasando a ser, desde ese día, Venerable. El 19 de diciembre de 2009 fue aprobado el milagro que por su intercesión ahora le lleva a los altares, fijándose la fecha del 12 de septiembre, en Granada, para su beatificación.


El perfil de Fray Leopoldo


Fray Leopoldo fue hijo de un pequeño pueblo malagueño de labriegos –Alpandeire-, hijo del afán de la besana cotidiana y de padres humildes y sencilla y cabalmente cristianos. Y sus durezas y hermosuras le curtieron. Fue bautizado con el nombre de Francisco. Sí, Francisco fue su nombre de pila, y el santo y seña de su consagración y testimonio.


Y es que, en efecto, la providencia se sirvió de la predicación itinerante de los capuchinos para suscitar y despertar en él, ya en relativamente avanzada edad, la vocación consagrada, la vocación franciscana y capuchina. En sus primeros años de consagración y misión deambuló fugazmente por distintos conventos de su provincia religiosa, por escasos periodos de tiempo, para llegar después a Granada y permanecer en este lugar por espacio de más de medio siglo, donde fue muy querido y popular. Su solo nombre levantaba multitudes mientras el añoraba la vida oculta y escondida. Y es que pasó por la vida haciendo el bien y repartiendo la limosna de la misericordia, la limosna del Evangelio.


Amó con pasión filial y expansiva a María Santísima hasta el punto de ser conocido el fraile de las Tres Avemarías. Y fray Leopoldo hasta María se llamaba –se quiso llamar- de segundo nombre. Padeció largas y dolorosas enfermedades. Y sus cicatrices le curaron y nos curaron. Y murió ya en edad provecta, anciana, rodeado del afecto y de la admiración de cuantos le rodeaban. Recorrió, al igual que otros muchos santos, que otros muchos franciscanos, caminos comunes y paralelos, caminos distintos y divergentes, caminos, en suma de santidad. Y llegaron a la misma meta: al Dios que amaba hasta lo más profundo de su corazón, al Dios que es.
Y, sí, así en la tierra como en el cielo, se le conoció y se le conoce por sus obras, por sus alforjas llenas de amor, por su humildad, por su minoridad, por saber cargar con la cruz –la propia y las de la sufriente humanidad- por su vida de oración y de penitencia, por su existencias de fidelidad a la Regla Franciscana y a la Iglesia, por el admirable ejercicio del amor.


El legado de fray Leopoldo


Actualmente la Fundación gestiona una residencia donde residen 100 personas mayores, en su mayoría con una pensión no contributiva que no excede de los 450 euros mensuales. El coste de las habitación/mes es de 1.400 euros por plaza. Está en proyecto construir en esta residencia un centro de día para 50 personas debido a la demanda existente por estar ubicados en el centro de la ciudad.


Antes de que concluya 2010 se iniciará la construcción de una nueva residencia con 85 plazas en asistencia permanente y 50 más en asistencia diurna (centro de día). El presupuesto de construcción de la nueva residencia es de 7,5 millones de euros.


En el convento capuchino de la Divina Pastora de Granada –su casa durante medio siglo-, en la cripta de la Iglesia, se veneran sus restos mortales –ya reliquias-, que cada año son visitadas por no menos de ochocientas mil personas. De este modo, la tumba de fray Leopoldo es, tras la Alhambra, el lugar de Granada más visitado. En 2006, con ocasión del cincuentenario de su muerte, fray Leopoldo fue declarado hijo adoptivo de Granada, y ahora, el 20 de mayo pasado, en las vísperas de su beatificación, hijo predilecto.


El libro póstumo de Javierre


El gran periodista y escritor José María Javierre, sacerdote espléndido biógrafo de numerosos santos contemporáneos, fallecido el pasado 17 de diciembre, es el autor de una de las dos biografías especiales que sobre fray Leopoldo se han escrito con ocasión de su beatificación. “El desafío” es el titulo de este libro póstumo de Javierre, un magnífico y prolijo trabajo el nuevo beato y sobre el contexto histórico, cultural y eclesial en el que se desarrolló su existencia.


Asimismo, el vicepostulador de esta Causa de beatificación, el también capuchino andaluz fray Alfonso Ramírez Peralbo, ha publicado el también interesante libro “Beato Leopoldo de Alpandeire. El gemido de un pobre evangélico”.


Año de beatificaciones en España


Será la segunda beatificación en Andalucía en tres meses y en la víspera de una tercera. En Linares, el 12 de junio fue beatificado el periodista seglar y enfermo durante más dos décadas Manuel Lozano Garrido “Lolo”, y el sábado 18 de septiembre lo será en Granada la religiosa Hermana de la Cruz madre María de la Purísima Salvat Romero, sucesora de Sor Angela de la Cruz al frente de la citada Congregación.


También en 2010 han sido beatificados en España el sacerdote barcelonés y mártir en 1936 Josep Elías Samsó (Mataró, 23 de enero), y el joven jesuita Bernardo de Hoyos (Valladolid, 18 de abril) y el sacerdote, fraile capuchino y fundador José Tous Soler (Barcelona, 25 de abril). La próxima beatificación en España tendrá lugar en El Burgo de Osma el 1 de mayo de 2011 cuando sea elevado a los altares el obispo Juan Palafox Mendoza.

martes, 7 de septiembre de 2010

Proceso de Beatificación



A continuación se detallan las fechas más destacadas en el proceso de Beatificación de Madre María de la Purísima de la Cruz.

Año 1999

16 de diciembre: Era tanta la insistencia, por parte de muchos sacerdotes, religiosos, religiosas de distintas Congregaciones, seglares, y por Hermanas de la Cruz, para que se iniciara el Proceso Diocesano de Canonización sobre la Sierva de Dios, que las Hermanas de la Cruz reunidas en sesión de Consejo General decidieron solicitar al Arzobispo de Sevilla que elevara ante la Congregación para las Causas de los Santos la solicitud de dispensa del tiempo oportuno para iniciar el Proceso Diocesano de Canonización.

Año 2000
21 de octubre: Sor Reyes de María, Superiora General de la Congregación de las Hermanas de la Compañía de la Cruz, obtenido el consentimiento del Consejo General en la sesión del 20 de octubre de 2000, constituyó y designó Postulador para la Causa de Canonización de la Sierva de Dios Madre María de la Purísima de la Cruz al Rvdo. Padre Romualdo Rodrigo O.A.R.

10 de noviembre: El Postulador se dirigió al Sr. Arzobispo solicitando que designara un tribunal para que, según establece el número 16 a) de las “Normae Servandae” de 1983 de la Congregación para las Causas de los Santos, interrogara lo antes posible “ad futuram rei memoriam” a los testigos que indicaba en una lista adjunta. Hizo notar que las declaraciones de dichos testigos eran muy importantes, pues habían tratado íntimamente a la Sierva de Dios y, debido a la edad de ellos o a su estado delicado de salud, no era conveniente esperar hasta la apertura del Proceso Diocesano para interrogarlos.

Año 2001
8 de enero: El Sr. Arzobispo designó a los miembros del tribunal para que interrogaran “ad futuram rei memoriam” a los testigos indicados por el Postulador.

Año 2002
14 de marzo: Muere su hermano Roberto, Sacerdote de la Prelatura Personal del Opus Dei, en Venezuela.

Año 2004

13 de enero: La Congregación para las Causas de los Santos comunica el NIHIL OBSTAT para la instrucción del Proceso Diocesano sobre la Vida, Virtudes y Fama de Santidad de Madre María de la Purísima de la Cruz.

18 de diciembre: El Postulador de la Causa nombró Vicepostulador al M.I. Sr. D. Teodoro León, facultándolo para que pudiera actuar, durante la instrucción de dicho proceso, ante la Curia diocesana de Sevilla y ante todas las Curias diocesanas e instituciones tanto religiosas como civiles de España.

20 de febrero: Se abre el Proceso en la Parroquia del Sagrario de la Santa Iglesia Catedral de Sevilla.

15 de noviembre: Se celebra la clausura del Proceso Diocesano sobre la Vida, Virtudes, y Fama de Santidad de la Sierva de Dios Madre María de la Purísima de la Cruz.

Clausurado el Proceso, el Postulador, Rvdo. P. Romualdo Rodrigo, O.A.R., comunicó a Sor Reyes de María de la Cruz, Madre General de las Hermanas de la Compañía de la Cruz, que por razones de salud y obediencia a sus Superiores debía dejar la Causa de la Sierva de Dios.

27 de noviembre: Sor Reyes María de la Cruz, Madre General de las Hermanas de la Compañía de la Cruz, obtenido el consentimiento del Consejo General, manifestado en la sesión celebrada el 26 de noviembre de 2004, designó como nuevo Postulador de la Causa al Rvdo. P. Fr. Alfonso Ramírez Peralbo, OFMCap.

18 de diciembre: El Rvdo. P. Fr. Alfonso Ramírez Peralbo, OFMCap., Postulador de la Causa, solicitó la apertura oficial de las actas del Proceso Diocesano.

Año 2005
20 de enero: Previo decreto del Congreso ordinario de la Congregación para las Causas de los Santos, se procedió a la apertura oficial de las actas del Proceso Diocesano. El oficial encargado comprobó la integridad de la documentación que se aportaba.

14 de febrero: El Postulador solicitó a la Congregación para las Causas de los Santos que se procediera al examen de la copia pública para comprobar la validez jurídica del Proceso.

10 de mayo: La Congregación para las Causas de los Santos dio el voto afirmativo a la validez jurídica del proceso.

27 de junio: Ante un presunto milagro atribuido a la Sierva de Dios, realizado en la diócesis de Huelva, el Postulador solicita al Obispo de Huelva, D. Ignacio Noguer Carmona, transferir las competencias para instruir la Causa en la Archidiócesis de Sevilla.

2 de julio: Fue concedida, mediante Decreto de la Congregación para las Causas de los Santos, la Validez de la Causa sobre la Vida, Virtudes y Fama de Santidad de la Sierva de Dios Madre María de la Purísima de la Cruz.

4 de julio: El Postulador solicitó a la Congregación para las Causas de los Santos el nombramiento de un relator.

14 de julio: Mons. Ignacio Noguer Carmona, Obispo de Huelva, transfiere las competencias para que la Causa sobre el presunto milagro atribuido a la Sierva de Dios sea instruido en la Archidiócesis de Sevilla.

12 de agosto: El Postulador solicita al Cardenal de Sevilla que pida a la Congregación para las Causas de los Santos el preceptivo Nihil Obstat, con objeto de que el presunto milagro atribuido a la Sierva de Dios, realizado en la diócesis de Huelva, pueda ser instruido en la Archidiócesis de Sevilla.

19 de septiembre: La Sagrada Congregación para las Causas de los Santos concede la autorización para que el presunto milagro atribuido a la Sierva de Dios sea instruido en la Archidiócesis de Sevilla.

30 de septiembre: La Congregación para las Causas de los Santos nombró como relator de la Causa al Rvdo. Sr. D. José Luis Gutiérrez.

4 de noviembre: Apertura del Proceso Diocesano sobre un presunto milagro atribuido a la intercesión de la Sierva de Dios Madre María de la Purísima de la Cruz.

Año 2006
13 de febrero: Clausura del Proceso Diocesano sobre el presunto milagro atribuido a la intercesión de la Sierva de Dios Madre María de la Purísima de la Cruz.

10 de marzo: Previo Decreto del Congreso ordinario de la Congregación para las Causas de los Santos, se procedió a la apertura oficial de las actas del Proceso Diocesano sobre el presunto milagro. El oficial encargado comprobó la integridad de la documentación que se aportaba.

29 de septiembre, fiesta de los Santos Miguel, Gabriel y Rafael, Arcángeles: El Rvdo. Sr. D. José Luis Gutiérrez presentó la Positio sobre la Vida, Virtudes y Fama de Santidad de la Sierva de Dios en la Congregación para las Causas de los Santos.
Dicha Positio pasó al estudio de nueve Teólogos Consultores, que debían responder a la pregunta de: “si constan las virtudes teologales de Fe, Esperanza, Caridad, tanto con Dios como con el prójimo, y las cardinales: prudencia, justicia, fortaleza y templanza, además de las anejas, en grado heroico, en el caso presente y para los efectos de que se trata”.

Año 2008
6 de junio: Los Teólogos Consultores reunidos en Roma, en Congreso Especial sobre las Virtudes, procedieron a emitir las conclusiones sobre la pregunta a la que debían responder. Al final del Congreso, todos los Teólogos Consultores dieron su voto afirmativo (9 sobre 9).

2 de diciembre: La Sesión Plenaria de Cardenales, celebrada para examinar las virtudes teologales, cardinales y anejas de la Sierva de Dios, no objetó nada en contra.

Fue ponente el Obispo emérito Mons. Hieronymo Grillo.

Año 2009
17 de enero: La Congregación para las Causas de los Santos emitió el Decreto de heroicidad de las virtudes de Madre María Purísima de la Cruz. Por lo tanto, a partir de ahora es considerada Venerable.

1 de marzo: Celebración de la Misa de acción de gracias en la Santa, Metropolitana y Patriarcal Iglesia Catedral de Sevilla, presidida por el Emmo. y Rvdmo. Sr. D. Carlos, Cardenal Amigo Vallejo, Arzobispo de Sevilla.

2 de julio: Los médicos de la Consulta Médica de la Congregación para las Causas de los Santos, después de haber estudiado y discutido el caso cuidadosamente, aprobaron la curación de la niña Ana María Rodríguez Casado, manifestando que dicha curación era científicamente inexplicable.

5 de diciembre: En la Congregación para las Causas de los Santos tuvo lugar el “Congreso Peculiar de los Consultores Teólogos”, para discutir nuevamente sobre el referido presunto milagro, concluyendo por unanimidad que se había producido un milagro obrado por Dios y atribuido a la Venerable María de la Purísima de la Cruz.

Año 2010
2 de marzo: En el Palacio Apostólico Vaticano, se celebró la “Congregación Ordinaria de Cardenales y Obispos” de la Congregación para las Causas de los Santos, discutiendo nuevamente el presunto milagro. Finalizada la discusión, aprobaron por unanimidad el referido milagro.

27 de marzo: El Papa Benedicto XVI firmó el “Decreto del Milagro”, el último eslabón en la larga cadena de trámites, investigaciones y discusiones realizados bajo la responsabilidad de la Congregación para las Causas de los Santos. Con este Decreto, el milagro presentado para la Beatificación de Madre María de la Purísima quedaba definitivamente aprobado.

29 de marzo: El Ilmo. y Rvdmo. Sr. D. Francisco Ortiz Gómez, Vicario General de la Archidiócesis de Sevilla, hizo el siguiente comunicado:

"La Santa Sede, a través del Prefecto de la Congregación para las Causas de los Santos, ha comunicado al Sr. Arzobispo de Sevilla, Excmo. y Rvdmo. Sr. D. Juan José Asenjo Pelegrina, que el Santo Padre Benedicto XVI ha autorizado la promulgación del Decreto mediante el cual se fija la fecha de la ceremonia de Beatificación de la Madre María de la Purísima de la Cruz, que tendrá lugar en la ciudad de Sevilla el sábado 18 de septiembre de 2010, a las 10.00 de la mañana.

El Sr. Arzobispo da gracias a Dios por este ejemplo de santidad; agradece al Santo Padre esta decisión y se une muy especialmente a las Hermanas de la Compañía de la Cruz en su oración agradecida a Dios por “tanto bien recibido”, al mismo tiempo que invita a todos los fieles a prepararse adecuadamente para participar en tan singular acontecimiento para bien de la Archidiócesis y de toda la Iglesia.

Igualmente el Sr. Arzobispo ha nombrado al M.I. Sr. D. Luis Rueda Gómez, Maestro de Ceremonias de la Santa Iglesia Catedral, y a D. Francisco Muriel Rivas Delegados diocesanos para este acontecimiento. A ellos corresponderá, entre otras tareas, proponer el lugar más idóneo para la celebración”.

Beatificación de Madre María de la Purísima


Madre María de la Purísima de la Cruz, (en el siglo: María Isabel Salvat Romero) nació en Madrid el 20 de Febrero de 1926 en la calle Claudio Coello nº 25, en el seno de una distinguida familia de alto nivel social. Fué bautizada en la Parroquia de la Concepción, en la calle Goya de Madrid. El día 8 de diciembre de 1944, cuando contaba 18 años, ingresó en la Compañía de la Cruz. Tomó los hábitos en 1945, profesó temporalmente en 1947 e hizo los votos perpetuos en 1952. Culta y distinguida hablaba tres idiomas, francés, inglés e italiano y debido a su piedad, no extrañó a la familia su decisión de ser hermana de la Cruz.

Fiel seguidora de Santa Ángela y observadora intachable de las reglas del Instituto, mantuvo intacto el carisma fundacional. Fue elegida Madre general de la Compañía de la Cruz el 11 de Febrero de 1977, pero antes fue superiora de las casas de Estepa y Villanueva del Río y Minas, maestra de novicias y consejera generalicia.

Austera y pobre para sí misma -«De lo poco, poco», solía decir- hacía vivir a las hermanas el espíritu del Instituto en la fidelidad a las casas pequeñas y se entregó a todos los que la necesitaban, especialmente a las niñas de los internados. También los pobres y enfermos ocupaban un lugar privilegiado en su corazón. Así atendía con verdadero cariño a las ancianas enfermas de las «cuevas» de Villanueva del Río y Minas, cuando estuvo allí de superiora. Diariamente por la mañana iba hasta las «cuevas» para atenderlas: las lavaba, les hacía la comida, les lavaba la ropa. Y siempre se reservaba los trabajos más duros y penosos.

Gobernó la Compañía con incansable celo y gigante espíritu de Hermana de la Cruz. Su ideal fué hacer vida el carisma de la Santa Madre Fundadora y con su vida sencilla, humilde y llena de fe, supo dar ejemplo. Fue fiel seguidora de su obra, y ha dejado en el corazón de todas sus hijas deseos ardientes de imitar su amor a Dios y a su Santo Instituto. Falleció el día 31 de octubre de 1998.

domingo, 5 de septiembre de 2010

Mensaje de Benedicto XVI para la JMJ Madrid 2011


El Papa anima a todos los jóvenes del mundo a prepararse desde ya para este encuentro

Madrid, 3 de septiembre de 2010.- "Os invito a este evento tan importante para la Iglesia en Europa y para la Iglesia universal. Todos los jóvenes, tanto los que comparten nuestra fe, como los que vacilan, dudan o creen, pueden vivir esta experiencia, que puede ser decisiva en su vida". Con estas palabras Benedicto XVI ha animado a todos los jóvenes del mundo a participar en este encuentro, que se celebrará en Madrid, del 16 al 21 de agosto de 2011.

"Ir más allá, de lo habitual está en cada generación. Desear algo más que la cotidianidad de un empleo seguro y sentir el anhelo de lo que es realmente grande forma parte de ser joven. ¿Se trata de un sueño vacío que se desvanece cuando uno se hace adulto? No, el hombre en verdad está creado para lo que es grande, para el infinito. Cualquier otra cosa es insuficiente. San Agustín tenía razón: nuestro corazón está inquieto, hasta que no descansa en Ti. El deseo de la vida más grande es un signo de que Él nos ha creado, de que llevamos su 'huella'"

"Arraigados y edificados en Cristo"

El mensaje está basado en el lema de la JMJ Madrid 2011, "Arraigados y edificados en Cristo, firmes en la fe". Benedicto XVI insta a todos los jóvenes a afianzar su fe, a través de una relación personal con Jesucristo, "Cuando comenzamos a tener una relación personal con Él, Cristo nos revela nuestra identidad y, con su amistad, la vida crece y se realiza en plenitud. Existe un momento en la juventud en que cada uno se pregunta: ¿qué sentido tiene mi vida, qué finalidad, qué rumbo debo darle?"

"En este contexto, vuelvo a pensar en mi juventud. En cierto modo, muy pronto tomé conciencia de que el Señor me quería sacerdote. Pero más adelante, después de la guerra, cuando en el seminario y en la universidad me dirigía hacia esa meta, tuve que reconquistar esa certeza. Tuve que preguntarme: ¿es éste de verdad mi camino? ¿Es de verdad la voluntad del Señor para mí? ¿Seré capaz de permanecerle fiel y estar totalmente a disposición de Él, a su servicio? Una decisión así también causa sufrimiento. No puede ser de otro modo. Pero después tuve la certeza: ¡así está bien! Sí, el Señor me quiere, por ello me dará también la fuerza. Escuchándole, estando con Él, llego a ser yo mismo. No cuenta la realización de mis propios deseos, sino su voluntad. Así, la vida se vuelve auténtica."

"Aprended a "ver", a "encontrar" a Jesús en la Eucaristía, donde está presente y cercano hasta entregarse como alimento para nuestro camino; en el sacramento de la Penitencia, donde el Señor manifiesta su misericordia ofreciéndonos siempre su perdón. Conocedle mediante la lectura de los Evangelios y del Catecismo de la Iglesia Católica"

"A lo largo de este año, preparaos intensamente para la cita de Madrid, con vuestros obispos, sacerdotes y responsables de la pastoral juvenil en las diócesis, en las comunidades parroquiales, en las asociaciones y los movimientos. La calidad de nuestro encuentro dependerá, sobre todo, de la preparación espiritual, de la oración, de la escucha en común de la Palabra de Dios y del apoyo recíproco."

Puedes ver el discurso integro en: http://www.madrid11.com/jmj2011esp/REVISTA/articulos/GestionNoticias_418_ESP.asp

La historia de la Jornada Mundial de la Juventud

martes, 31 de agosto de 2010

Más de 400 misioneros españoles se juegan la vida cada día en países de mayoría islámica

Pasan sus vidas en un peligro inminente. Vigilan constantemente las azoteas de escuelas o mezquitas por temor a que un islamista radical les pegue un tiro en cualquier momento; algunos de ellos viven acompañados las 24 horas del día por un guardaespaldas y, en alguna ocasión, se han visto sometidos a insultos, golpes o escupitajos.

Con esta crudeza viven muchos de los 403 misioneros españoles que se encuentran actualmente en países de mayoría musulmana, pero lo que tienen claro es que no piensan abandonar a las minorías cristianas que atienden en estos países. Ahora, desde que algunos islamistas radicales declararan la «yihad» a Occidente, la situación en algunas zonas se ha recrudecido.

No puedes tener miedo
«Lo peor que le puede pasar a un misionero en Pakistán es que tenga miedo. Si te asustan, aquí ya no puedes hacer nada porque cualquier palabra que digas estará condicionada por ese miedo», explica Miguel Ángel Ruiz Espínola, un salesiano que lleva ya cinco años en un país como Pakistán, donde hay un 95,1 por ciento de creyentes musulmanes.

No pienso abandonar
«A mí me pueden dar un tiro cualquier día... ¡Estoy expuesto a eso! Pero no pienso abandonar porque yo no he venido aquí ni para hacerme rico ni para hacer amigos; si realmente quisiera vivir bien me hubiera quedado en España», subraya el salesiano con valentía y rotundidad.

No todos son iguales
Pero este sacerdote no considera a todos los seguidores de Mahoma por igual. En su círculo de amigos se encuentran también musulmanes moderados con los que se ha reunido estos días para hablar sobre el discurso de Benedicto XVI que leyó hace años en Ratisbona. «A medida que han empezado a conocer y leer las palabras del Papa, han rectificado y se han dado cuenta de que el Pontífice no pretendía atacar al islam», explica.

No ha sido así en el caso de los musulmanes radicales: «En realidad, son unos pocos los que se manifiestan por cualquier cosa, buscan cualquier pretexto para sacar a la gente a la calle, ya sean las caricaturas de Mahoma, la guerra de Irak o el discurso del Papa. Todo esto es, más que nada, un problema político», subraya.

Guerra civil en el islam
«El islam está hoy en día en una guerra civil interna entre los radicales y los moderados. Ahora mismo los radicales están ganando, pero lo que los moderados tienen que hacer es llegar al corazón de la gente sencilla, que está siendo envenenada constantemente por los extremistas», explica preocupado.

Experiencias desagradables
En la vida de este sacerdote se mezclan experiencias de todo tipo. «Muchas de ellas muy buenas; en realidad, yo estoy enamorado de Pakistán y sus gentes, si no, no estaría aquí», puntualiza. Pero también otras muchas que, cuando aún las recuerda, le ponen «los pelos de punta». Es el caso del asesinato de un joven cristiano de 18 años. «Le torturaron, le circuncidaron con un chuchillo de afeitar, le colgaron durante días y después de todo lo acusaron de robo», recuerda el sacerdote, «pero como las autorirades dijeron que no era un asunto de su competencia, lo mataron y tiraron su cuerpo en la puerta de la casa de sus familiares». «¿Y después de todo esto quién nos pide perdón a nosotros?», se pregunta indignado.

Las caricaturas de Mahoma
El peor momento fue, sin duda, cuando se desató la ola de violencia a causa de las caricaturas de Mahoma. «No podíamos salir de casa porque estábamos bajo amenaza constante», explica. Tan crítico era el panorama que, según afirma el salesiano, «un musulmán hubiera sido capaz de darse un tiro sólo para acusar a un cristiano». Sin embargo, «ahora no he notado la misma violencia que entonces, pero eso también se explica porque nosotros vivimos en una pequeña comunidad cristiana a veintidós kilómetros de Lahore», reconoce.

Salesianos en Pakistán
Esta historia es parecida a la de otros muchos misioneros españoles. Miguel Ángel, también como tantos otros, seguirá en Pakistán desarrollando su proyecto: el Centro Técnico Don Bosco, una escuela para enseñar un oficio a 170 jóvenes cristianos (100 de ellos católicos) que no tienen acceso a las escuelas del país.

miércoles, 30 de junio de 2010

Ley de Libertad Religiosa y laicismo

El Gobierno socialista se retracta, al menos de momento, de proseguir con su Ley de Libertad Religiosa, a la cual le han puesto nuestro país (que pagarán ateos y devotos españoles, no las finanzas vaticanas). Se retomará, según anuncian, en fechas de principios del año entrante. Todo ello, con el objeto de no herir la impositiva hipersensibilidad del Sumo del Vaticano, porque la jerarquía eclesiástica, querrá presentar sacrosanta batalla, y pasar toda la Ley por el tamiz de su verdad y razón absoluta divinizada.
Esta indecisión gubernamental en la continuación de tan importante asunto, para la separación definitiva, de esta antigualla política, del Estado e Iglesia, denota, más que respeto y cortesía por el purpurado del catolicismo, una cobardía, evitando emponzoñar, con las ácidas reacciones, ya habituales, de las opiniones del vulgo de la ultraortodoxia católica y de los prelados de la intolerancia política del Estado y ante la diversidad religiosa, iluminados por la posesión de la única verdad divina, quienes enarbolarían la bandera revolucionaria del arrebato en santa cruzada, contra los herejes satánicos que se desmadren el orden celestial.

La Carta Magna, aprobada en 1978, que rige los destinos de las normas civiles de este país, quedó con carencias esenciales para el normal desarrollo de una sociedad cívica ajena a todo estamento religioso; o bien, no tuvieron los padres constitucionales la gallardía de afrontar este primordial asunto, nacido del autoritario nacionalcatolicismo anterior. Eran aún tiempos belicosos del latente postfranquismo, y debían aquéllos hilar muy fino, para no despertar monstruosas conciencias, de espíritus sombríos, de los que se adueñaron del cortijo.
Se reconoce en el punto 3, del artículo 16, de la Constitución: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal”. La realidad y práctica lo contradice, puesto que el trato y privilegios a la Iglesia romana, es preferencial y de peso estatal en sus prerrogativas administrativas. Con las evidentes denuncias y discriminaciones de los demás credos que se practican en el país, que aumentan cuantitativamente en sus números de creyentes. Si es un Estado aconfesional se atendrá a las mismas aportaciones económicas (dependiendo del número de fieles), equidad de trato y admisión de sugerencias de los demás credos reconocidos por el Estado.

El Gobierno tiene que legislar mediante el poder civil que se le confiere constitucionalmente, y jamás por las normas y dogmas de las religiones. Debe ser legalmente así, y habrá que hacerlo con todas las religiones permitidas por el Estado para el culto. Y continúa, en el apartado enunciado: “Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y demás confesiones”. La cooperación dogmática en la escuela y la económica están a años luz, entre la principal confesión y los demás credos. Tal así, que tiene el privilegio de tener una casilla en el IRPF para sus donaciones especiales (Iglesia que invierte en la Bolsa unos 20 millones de euros); y en cuanto a la equiparable relación con otras creencias confesionales, bien sabido es, que tiene opinión, y mucha. Todas las religiones se deben sufragar por los diezmos de sus feligreses, no por demandadas cuantías estatales, que al fin la pagamos todos, creyentes o no.

El Estado español se declara aconfesional, pero da excelsas prebendas al credo católico, por su mayor número de fieles, arraigo y por el negro poder fáctico de los gurús eclesiásticos. Y apelo a que debe caminar hacia un Estado laico total.

Después de 32 años de escrita y ratificada la Constitución y un Estado de Derecho, por el que nos regimos, no podemos estar aún en el limbo de un auténtico poder legislativo civil, y la Santa Madre Iglesia poniendo trabas a cualquier legislación que no les guste, sobre todo cuando afectan a su credo celestial (y económico). Ésta no deja de ser una religión más, y jamás y nunca, un poder de normas políticas, influyentes para la convivencia armónica de la sociedad civil española.

La laicidad, que tanto temor irrita a la carcundia del Vaticano a este término, que parece de endemoniada inspiración, es solo el poder autónomo estatal de las leyes civiles y públicas, único e inequívoco, al margen total de inmiscuirse cualquier credo religioso. Lo que denominan en la Santa Sede: Estado ateo. ¿Y las demás doctrinas religiosas, que no creen en su mismo Dios, cómo las califican…?
Por ser cada credo un derecho personal, íntimo y privado, deben omitirse obligatoriamente toda ceremonia estatal de carácter religioso de todo tipo; y la manifestación proselitista de signos religiosos en los centros públicos, siendo éstos, algunos de los apartados de la nueva Ley de Libertad Religiosa. Por lo que además, su exhibición pública de símbolos y signos de cualquier credo, agravia a los contrarios, agnósticos y ateístas.

Ninguna religión puede arrogarse el vórtice de la moral, ética y buenas costumbres, para ser impuestas de formas sectorial en el seno de la sociedad. La curia a sus misas; y el poder político civil, a las papelas legislativas de orden social: laicismo puro.

sábado, 19 de junio de 2010

La Iglesia ahorra al Estado 30.000 millones, el doble del «tijeretazo»

Las entidades católicas aportan 30.000 millones a la sociedad. En 2008, las parroquias dedicaron 45 millones de horas a atender las demandas de todo el que llamase a su puerta.

Las estimaciones que sitúan en 30.000 millones de euros anuales la aportación de la Iglesia a la sociedad española «no parecen exageradas», afirmó ayer el vicesecretario de Asuntos económicos de la Conferencia Episcopal Española, Fernando Giménez Barriocanal, durante la presentación de su Memoria Justificativa de 2008.

Por el momento, la Iglesia puede medir con mucha exactitud lo que ahorra al Estado en educación (4.148 millones, afirma la Memoria) y también ahorra 1.180 millones en servicios pastorales «que la gente demanda», especificó Barriocanal. El resto, hasta los 30.000 millones, son sólo una aproximación que circula desde hace unos años pero que para el gerente de los obispos puede verse confirmada a medida que mejoran las mediciones. Por ejemplo, las parroquias y diócesis no ofrecen 46 millones de horas, como se calculó el año pasado, sino 45,2 millones, y la rentabilidad de cada euro recibido por la «crucecita» del IRPF no se multiplica por 2,5 (cálculo del año pasado) sino por 2,73, es decir, casi tres. «El coste que tendrían las actividades ofrecidas por la Iglesia si hubieran de ser contratadas en el mercado supondría un importe de 1.860 millones de euros. Esto indica que la gratuidad de los recursos y la eficiencia de su uso supone que cada euro que se invierte en la Iglesia rinde como 2,73 en su servicio equivalente en el mercado», afirma la Memoria, que especifica que los servicios pastorales de la Iglesia tienen un coste de 680 millones de euros.


Cultura y turismo
Barriocanal señaló además el efecto beneficioso de la Iglesia en el turismo cultural, que atrae a 7,5 millones de personas cada año en nuestro país. «Un tercio de los bienes inmuebles de interés cultural españoles están gestionados por la Iglesia», recordó. Las pequeñas y despobladas diócesis rurales del norte de España hacen auténticos milagros para mantener miles de joyas del románico, por ejemplo, y después de todo tipo de ayudas públicas al final siempre queda el apoyo de los feligreses.

Barriocanal puso la Semana Santa cordobesa como ejemplo de actividad religiosa que genera riqueza: más de 40 millones de euros de actividad económica para esta ciudad. Otro ejemplo sería el Camino de Santiago, especialmente en los Años Jacobeos cuando atrae muchos más peregrinos y turistas, hasta el 80 por ciento con motivaciones religiosas. También la visita del Papa a Santiago y Barcelona a finales de año o las Jornadas Mundiales de la Juventud de 2011 en Madrid son una gran oportunidad. Cientos de miles de jóvenes de todo el mundo en Madrid y millones de espectadores por más de cien televisiones contemplarán, por ejemplo, el Barroco español en el Vía Crucis de las Jornadas de la Juventud.

De la «inmensa labor asistencial» de la Iglesia, que según la Memoria alcanza a 2,7 millones de personas en España, destacó los 68 centros dedicados a víctimas de la violencia familiar o de la prostitución, los 87 centros hospitalarios, 55 ambulatorios, 831 casas de ancianos y minusválidos y 433 orfanatos y guarderías.

«Es la mayor red asistencial que existe en España, de largo, y nace del encuentro con Jesucristo», afirmó Barriocanal, y añadió que «los voluntarios de Cáritas no surgen por generación espontánea, son fruto de la formación en las parroquias, la catequesis, la vivencia de la fe».

Además, ya fuera de nuestras fronteras, más de 17.000 misioneros difunden por el mundo la imagen del país, afirmó el gerente de los obispos: «llevan la bandera de España en la mochila».

Según calcula la Conferencia Episcopal, en el ejercicio fiscal de 2008 «se contabilizaron 7.193.000 declaraciones a favor», que representan a unos 9 millones de personas, ya que mucha gente realiza una declaración conjunta.


La crisis de este año
De todas las declaraciones del 2008 se consiguió una «liquidación total de 253 millones de euros, aunque en ese año sólo recibimos a cuenta unos 153», subrayó Barriocanal. Este año se espera que el número de personas que marcan «la crucecita» se mantenga o crezca, pero que aún así los ingresos disminuyan debido a la crisis. Por eso, la Iglesia pide a todas las personas que aprecian su labor, sean creyentes o no, que se aseguren de marcar la «equis» en su declaración.


Lo que la Iglesia ahorra al Estado
En pastoral
1.180 millones
- Los ciudadanos piden bodas, catequesis, visitas a enfermos y misas. Si pidiesen al Estado un servicio equivalente y se pagase a precio de mercado, le costaría 1.860 millones. La Iglesia lo hace por 680.

En educación
4.148 millones
- La Iglesia es titular de 6.041 centros de enseñanza, con 1.370.000 alumnos. «Si estas plazas las tuviese que cubrir el Estado le costaría 4.148 millones de euros más», explica Giménez Barriocanal.

En sanidad
14.000 millones
- No son datos de la Memoria presentada ayer, pero con las cifras de 2002 se puede calcular el gran ahorro que significa la red sanitaria católica, con aproximadamente mil centros.

En justicia social
262 millones
- Cáritas y Manos Unidas vehiculan esa cifra, que en 2008 ayudó a 2,8 millones de personas en 4.459 centros y 17 grandes programas. El valor de los 60.000 voluntarios de Cáritas aún está por computar.

En industria cultural
Incalculable
- Un ejemplo: la Semana Santa de Córdoba genera 40 millones de euros en la ciudad. La Iglesia mantiene un tercio de los monumentos de España, donde 7,5 millones de extranjeros buscan turismo cultural.



ANÁLISIS
Sacerdotes y parroquias, un éxito
- ¿Cuánta gente apoya la labor de la Iglesia con su «equis» en la declaración de la Renta?
–Marcan «la crucecita» en 7,2 millones de declaraciones, pero se calcula que eso representa unos 9 millones de personas, porque aproximadamente un 20 por ciento de declaraciones son conjuntas.

- ¿Cómo es posible que la Iglesia ofrezca por 1 euro lo que al Estado le costaría 2,7?
–Por un lado, el voluntariado católico genera 5,6 millones de horas de servicio prácticamente gratis (4,2 millones de horas son de catequesis). Por otro lado, el clero diocesano genera 34,8 millones de horas en atención pastoral con un sueldo mínimo. Un cura español cobra entre 600 y 800 euros de media (depende de la diócesis), y un obispo es, básicamente, un «mileurista». Además, los locales ya existen y las comunidades mantienen sus parroquias. De hecho, los donativos de los fieles suponen el 40% del sostenimiento de parroquias y diócesis: la «crucecita» sólo aporta un 20% del sostenimiento básico.

martes, 15 de junio de 2010

EL OBISPO DE ASIDONIA-JEREZ NOMBRA NUEVA CURIA DIOCESANA

Se rodea de Federico Mantaras (Vicaría General), Diego Valle (Pastoral), Francisco Fuego (Economía) y Miguel Ángel Montero (Secretaría General)

Monseñor José Mazuelos Pérez, obispo de Asidonia-Jerez, ha nombrado nuevos miembros para la Curia diocesana. Llegan coincidiendo con el primer año del episcopado de nuestro pastor y tomarán posesión de sus cargos el próximo día 15 de junio. Estos son los nombramientos que se han dado a conocer a primera hora la tarde de hoy:
• Vicario General.- Federico Mantaras Ruiz- Berdejo.
• Vicario de Pastoral.- Diego Valle Serrano.
• Vicario de Economía.- Francisco Fuego Luza.
• Secretario General Canciller.- Miguel Ángel Montero Jordi.

Federico Mantaras ya formaba parte de la curia con cargo de secretario general canciller hasta este nuevo nombramiento. Natural de Jerez de la Frontera y ordenado presbítero el 22 de septiembre de 2001, alcanza la Vicaría General, en la que su sucede a Domingo Gil Baro, a los 43 años de edad. Ha sido vicario parroquial de Nuestra Señora de la Medalla Milagrosa, en El Puerto de Santa María.

Diego Valle, por su parte, es párroco de Nuestra Señora de los Milagros (Iglesia Mayor Prioral de El Puerto de Santa María). Natural de Arcos de la Frontera, donde fue ordenado presbítero el, 12 de julio de 1986, tiene 48 años de edad y ha venido ejerciendo el cargo de Delegado Diocesano del Clero. Sucede a José Palomas Agout en la Vicaría de Pastoral.

Francisco Fuego repite en el cargo de Vicario de Economía, desde el que ha dirigido el logro de realidades materiales al servicio de la labor pastoral en la Diócesis como la nueva Casa de la Iglesia en la plaza del Arroyo o la Casa Sacerdotal. Es natural de Jerez de la Frontera, se ordenó en Sevilla el 16 de junio de 1963 y es párroco de Nuestra Señora de las Nieves, en Jerez de la Frontera. Tiene 74 años de edad.

Miguel Ángel Montero es el miembro más joven, con 34 años de edad. Es jerezano, párroco de San Juan Bautista de la Salle y Nuestra Señora de la Estrella, en Jerez de la Frontera, y, hasta ahora, delegado diocesano del Patrimonio y Relaciones Institucionales. Fue ordenado presbítero el 1 de octubre del año 2000. Sucede en la Secretaría General Canciller al nuevo Vicario General, Federico Mantaras.