lunes, 11 de octubre de 2010

EL BAUTISMO I

En una serie de artículos vamos a abordar los diferentes aspectos del sacramento del Bautismo.
El Catecismo de la Iglesia Católica en su número 1213 define así al Bautismo: "Es el fundamento de toda la vida cristiana, el pórtico de la vida en el Espíritu y la puerta de acceso a los otros Sacramentos. Por el Bautismo somos liberados del pecado y regenerados como hijos de Dios, llegamos a ser miembros de Cristo y hechos partícipes de su misión”.
El Bautismo es uno de los tres sacramentos que se conocen por el nombre de iniciación cristiana (Eucaristía y Confirmación son los otros dos).
El Bautismo de niños es práctica antigua dentro de la Iglesia, que se realiza por el bien y salvación del niño, para no privarle de sus beneficios. El argumento en contra del Bautismo de los niños (que no pueden decidir por sí mismos) se rebate facilmente: los padres le procuran un bien, al igual que le vacunan aunque al niño no le guste el pinchazo.
Antes de proceder al Bautismo hay que tener en cuenta la salud de la madre, para que esté presente y pueda participar, además de que haya un espacio de tiempo suficiente para que los padres reciban la debida catequesis sobre el importante sacramento que ellos, en nombre de su hijo, van a pedir a la Iglesia.
Las normas litúrgicas actuales recomiendan el Bautismo de los niños “dentro de las primeras semanas” de su nacimiento. Si hay peligro de muerte se procederá al Bautismo “sin demora”.
Los padre deben poner en conocimiento del párroco el nacimiento para que éste prevenga con la suficiente antelación todo lo referente al sacramento.
El lugar idóneo para la celebración es la parroquia, que deberá tener fuente bautismal como signo de que el Bautismo es sacramento de fe de la Iglesia y de incorporación al pueblo de Dios. Con permiso del obispo, también puede haber fuente bautismal en otro templo dentro de la jurisdicción parroquial. No debe celebrarse el Bautismo en casas particulares ni hospitales salvp causa grave.
Los ministros del sacramento son los obispos, presbíteros y diáconos. No habiendo ministro ordenado, y en caso inminente de muerte, cualquier fiel puede conferirlo, incluso si no es bautizado, con tal que tenga esa intención.
Se recomienda que el Bautismo tenga lugar en domingo –o su víspera– y durante la Vigilia pascual. El obispo debe bautizar especialmente en la Vigilia pascual y tiene encomendado el Bautismo de los adultos.
Los efectos que produce el Bautismo son: perdona el pecado original, y cualquier otro pecado. Además se nos dan las tres divinas personas junto con la gracia santificante. Imprime en el alma el carácter sacramental que nos hace cristianos para siempre y fundamentalmente nos incorpora a la Iglesia.